Los tratados internacionales constituyen una fuente directa de regulación de derechos laborales, garantizando a los trabajadores de los países signatarios derechos de mínimos que los estados firmantes se obligan a respetar.
Su operatividad dependerá de la teoria monista o
dualista propia de cada legislación nacional.
En
países de integracion regional o comunitaria, como
la Union Europea, los tratados de integración
constituyen fuentes directas a la cual cada país
integrante de la comunidad debe adecuar su ordenamiento
jurídico, operando de esa forma en un sistema integrado
igualitario de protección a todos los trabajadores de la
región, y evitando de esa forma legislaciones que operen
en desmedro de los otros países, a través de
flexibilizaciones regulatorias que permitan un desarrollo social.
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